[vc_row][vc_column][vc_column_text]La equiparación es el acto mediante el cual la UCR declara que cursos aprobados en otra institución de educación superior (nacional o extranjera) son equivalentes a cursos vigentes del plan de estudios.
El trámite se rige por lo indicado en el Reglamento para el reconocimiento y equiparación de estudios realizados en otras instituciones de educación superior y en las resoluciones con las Normas y Procedimientos de Matrícula que se publican cada ciclo.
¿Cuáles son los criterios para aprobar una solicitud de equiparación?
- Solo se equiparan cursos debidamente aprobados cuyos objetivos, contenidos y metodologías sean equiparables a los objetivos, contenidos y metodologías de las materias impartidas en la ECCC.
- El grado de semejanza o similitud entre programas debe ser igual o mayor al 85%. Es importante considerar que no es posible la semejanza absoluta entre cursos de instituciones distintas, pero sí se deben abarcar los contenidos medulares.
- Sólo se equiparan materias de un grado igual o superior al que está cursando el estudiante. Por ejemplo, no se puede aceptar como válido para la Licenciatura un curso aprobado en el nivel de Bachillerato.
- De acuerdo con los compromisos asumidos por la ECCC para la reacreditación ante el SINAES, la Escuela podrá equiparar a sus estudiantes hasta un máximo del 40% del total de créditos por transferencia de una carrera no acreditada oficialmente.
¿Cuál es el procedimiento para solicitar una equiparación ?
- Este procedimiento se realiza a través de la Oficina de Registro e Información (ORI). La persona estudiante debe completar y entregar en esa dependencia el formulario “Solicitud de Reconocimiento y Equiparación de Materias”. En la segunda página de ese documento se indican todos los requisitos.
- Una vez revisados los documentos, la ORI envía el expediente a la ECCC para su respectivo análisis.
- La Comisión de Docencia sesiona, emite su criterio en firme y, en caso de ser positivo, la ORI registra el curso con las siglas EQ en el expediente.
Criterios de equiparación de cursos específicos
Estudios Generales
El Convenio de Coordinación de la Educación Superior, firmado por la UCR, la UNA, la UNED y el TEC, establece en su artículo 24 que estas instituciones reconocerán los ciclos de Estudios Generales sin tomar en cuenta diferencias menores entre los respectivos programas.
Para solicitar esa equiparación el estudiante debe llenar el formulario de equiparación exclusivo para el Curso Integrado de Humanidades disponible en https://ori.ucr.ac.cr/equiparacion-materias-por-convenio
Cursos que no pertenecen a la ECCC
Para el reconocimiento de materias que no pertenecen a la ECCC, por ejemplo, el repertorio o los idiomas, la ORI solicitará el criterio a las unidades académicas que administran el curso por equiparar.
Descargar información del procedimiento en pdf
202402 – Equiparación de cursos
Información actualizada al 2024 02
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